A.- ¿Cuál es el plazo para destinar las mercancías en el régimen de Importación para el Consumo?

a) En el despacho anticipado, dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte;

b) En el despacho urgente, dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte o hasta siete (07) días calendario posteriores a la fecha del término  de la descarga.

c) En el despacho excepcional, hasta treinta (30) días calendario posteriores a la fecha del término de la descarga.